Efectos del divorcio: No heredar al conyuge
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Estudio Iacona
La perdida de la vocacion hereditaria, efecto de la sentencia de divorcio.
Una vez decretado el divorcio vincular mediante sentencia del juez, se extingue la vocación sucesoria de ambos conyuges (Art. 3574, párrafo quinto del Codigo Civil). Esto esta previsto por la ley 23.515. De conformidad con ella, el cónyuge cuya culpa se ha declarado en el juicio de separación personal puede hacer cesar la vocación sucesoria del inocente por un acto unilateral de su parte, pidiendo la transformación de la separación personal en divorcio. Debe analizarse tambien lo establecido por la ley 17.711 al caso de los divorcios decretados durante la vigencia del art. 31 de la ley 14.394; el cónyuge inocente conservaba, no obstante el divorcio vincular, el derecho hereditario a menos que él mismo hubiera pedido la disolución del vínculo o hubiera contraído nuevas nupcias o incurrido en actos de grave inconducta moral (art. 6º).